Por Fernando Castellanos |
Con el objetivo de brindar certeza jurídica a menores de 18 años nacidos en México, hijos de guatemaltecos con mexicanos o de otra nacionalidad, habilitan la inscripción gratuita en Guatemala y con ello mantener la doble nacionalidad.
El trámite es gratuito y se desarrolla en cualquier Consulado de Guatemala en México, informó el consultor migratorio, Fernando Castro Molina.
Contar con la tener la doble nacionalidad constituye un beneficio para los inmigrantes guatemaltecos residentes o de paso en territorio mexicano.
La doble nacionalidad (guatemalteco y mexicano) busca garantizar que los menores de 18 años nacidos en México y que en un momento determinado retornan a Guatemala tengan todos los derechos como ciudadanos guatemaltecos, entre ellos, obtener el Código Único de Identificación (CUI), certificado de nacimiento, pasaporte y a la mayoría de edad tramitar el Documento Personal de Identificación (DPI) y licencia de conducir.
Los interesados deben presentarse al Consulado de Guatemala con la documentación siguiente:
• Certificado de nacimiento del menor nacido en territorio mexicano, en el cual conste que la madre o padre es guatemalteco y dos copias del certificado.
• Llevar el certificado de nacimiento de ambos padres en original y dos copias de cada uno.
• En caso uno de los padres sea mexicano, deberá llevar certificado de nacimiento mexicano extendido por el Registro Civil y dos copias
• Los certificados de nacimiento no deben exceder de 6 meses de haber sido emitidos por Registro Nacional de las Personas (Renap) y del Registro Civil mexicano.
• Si son padres guatemaltecos, deben llevar el Documento Personal de Identificación DPI y en el caso del mexicano, la Credencial de Elector en buen estado.
• Si la madre fuera soltera, el menor podrá ser inscrito con los apellidos de la madre.
• En caso los padres estuvieran casado y en el Documento Personal de Identificación no constare, se deberá presentar los certificados de matrimonio en original, emitidos por el Registro Nacional de las Personas y dos copias del documento.
• En caso uno de los padres hubiera fallecido, se deberá presentar el certificado de defunción emitido por el Registro Nacional de las Persas RENAP en el caso de los guatemaltecos o del Registro Civil Mexicano, en caso sea de nacionalidad mexicana.
Recuerde que es importante que en el certificado de nacimiento del menor, se haga constar que el padre, la madre o ambos, es guatemalteco, para poder inscribir al menor en el Consulado de Guatemala, con doble nacionalidad.
También le beneficiará para tramitar residencia en México al padre, madre o ambos por tener hijo mexicano.
Con información Fernando Castro Molina / Consultor migratorio / Fotografía ilustrativa Ministerio de Relaciones Exteriores