Por Fernando Castellanos y Luis Hernández |
Este viernes, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó en el Diario Oficial las disposiciones que estarán vigentes durante Semana Santa. y con ello evitar contagios de COVID-19.
El Acuerdo Ministerial 73-2021 indica que los alcaldes municipales tendrán la facultad para limitar el acceso a ríos, playas, lagos y balnearios, además se deben suspenden actividades a las 21 horas.
Estas son las principales disposiciones:
▶️ No más de 100 personas en playas, lagos, ríos, centros turísticos y parques acuáticos.
▶️ El Ministerio de Salud avala el desarrollo de ferias comunales, de barrio, municipales y de cualquier otro tipo, pero prohíbe fiestas, conciertos, elecciones de reinas y otras actividades que generen aglomeración en municipios con alerta roja y anaranjada. Para estas actividades también aplica la restricción de 21 horas.
▶️ El MSPAS indica que es obligatorio el uso correcto de la mascarilla.
▶️ Los centros comerciales deben cerrar a las 21 horas, pero las personas que aún estén adentro de estos establecimientos en ese horario deben permanecer hasta finalizar sus compras.
▶️ Los supermercados, tiendas de barrio y tiendas de conveniencia deben cerrar a las 21 horas y deberán limitar su aforo a un 50 por ciento. El límite de horario para los mercados será a las 19 horas.
▶️ Restaurantes, bares y centros de diversión nocturna deberán cerrar a las 21 horas.
▶️ Los conciertos y eventos masivos quedan a discreción de las autoridades respectivas, pero se deberán regir al horario de 21 horas y respetar el semáforo de alertas del COVID-19.
▶️ Las iglesias podrán tener actividades presenciales hasta las 21 horas, siempre respetando el semáforo de alertas.
Con información del Ministerio de Salud y Soy502 / Foto Soy502