Por Fredy de León |
El Tribunal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Sololá dictó sentencia absolutoria para la corporación municipal 2012-2016 de Panajachel, la cual estaba ligada a un caso de malversación de fondos.
Durante las audiencias se escuchó a varios testigos, entre ellos, la auditora encargada del peritaje desarrollado por la Contraloría General de Cuentas de la Nación (CGCN) y quien dijo que hubo hallazgos para establecer que se cometió el delito; sin embargo, no fue suficiente para una condena.
«No existe prueba suficiente, idónea y plena que refleje que se haya cometido el delito», dijo el juez en el fallo. «Declaro condena absolutoria para Abraham Mayén (exalcalde), Mario Churunel, Ingrid Vásquez, Julio Díaz, Marco Antonio Mateos, Juan Yax y Rogelio Sahon» agregó el juez.
El exalcalde, Mayén, dijo que la auditora dijo en su declaración que la causa de la persecución penal era que la corporación no fue vigilante. «Creo que se garantiza el actuar del funcionario público, tanto miembros del Concejo como alcalde. Este proceso, que inició en 2016, ha sido estresante, uno de nuestros alegatos ante el juez era que habíamos actuado con base a que la ley lo permite y que son procesos que se vienen haciendo», agregó Mayén.
El exalcalde se refiere a los préstamos escriturales, los cuales afirma que continúan realizándose. Agregó que «hacer préstamos escriturales y no devolver el dinero en el período fiscal correspondiente conlleva una sanción administrativa económica y eso esperábamos en la resolución apegada a derecho, esperamos que no se apele la sentencia», agregó.
El artículo 447 del Código Penal de Guatemala indica que comete este delito aquel funcionario que dé un uso distinto a los fondos que administra.
La abogada Liseth Martínez, representante de la Procuraduría General de la Nación (PGN), entidad que representa al Estado como querellante, dijo que apelarán la sentencia porque hay intereses estatales que deben resguardarse. «Esta representación considera que la resolución emitida por el honorable juzgador se puede apelar y podemos abocar a algunos intereses del Estado que necesitan ser resguardados, en ese sentido apelaremos en el tiempo prudencial», dijo Martínez.
«El Ministerio Público tuvo que renunciar a la certificación de unas actas, en las cuales consta que ellos habían autorizado los préstamos escriturales; sin embargo, esas mismas actas forman parte de otra prueba que es el informe de Contraloría General de Cuentas, creo que la prueba se debe analizar en su conjunto y no de forma aislada», agregó la representante de la PGN.
La acusación detallaba que el dinero de obras, como calles de diferentes sectores, Centro de Capacitación y escuela Capulin, entre otros, fueron usados con autorización del administrador financiero para funcionamiento y este no fue devuelto en el período fiscal correspondiente.
El juez agregó en la sentencia que deberá haber una sanción por parte de la CGCN por la falta cometida porque es de carácter administrativo.