Por Moisés Cottom |
Este viernes, en redes sociales, el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (Conap) informa a la población sobre sanciones por transportar, intercambiar o comercializar, de manera ilegal, partes o derivados de especímenes vivos o muertos de vida silvestre.
De acuerdo al Conap, la Ley de Áreas Protegidas Decreto No. 4-89 establece sanciones de 5 a 10 años en prisión y una multa de Q10 mil a Q20 mil.
«Es necesario resaltar que varios estudios a nivel internacional reportan que existen enfermedades zoonóticas, causadas por el consumo de carne de animales silvestres, por lo que se le reitera a la población que se abstenga a la compra y consumo de estos productos ilegales, las únicas especies de abasto de productos cárnicos para el consumo humano reguladas en el país son la bovina, porcina y aviar», indica el comunicado del Conap.