Por: Fredy De León
Sololá
El incendió ocurrió la noche del 26 de julio de 2020, los pobladores se encontraban molestos por la catalogación de ese municipio en alerta roja máxima por COVID-19.
El Tribunal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Sololá, concluyó el caso que se seguía en contra de trece personas por este incendio que afectó varias oficinas de la comuna.
En sus alegatos finales el Ministerio Público (MP) y la Municipalidad de San Lucas Tolimán, quienes figuran como querellantes adhesivos en el proceso, solicitaron sentencia condenatoria para las trece personas, sin embargo, el juez unipersonal indicó, que hay hechos muy particulares, “fue cometido en muchedumbre, por lo que es difícil establecer y comprobar la participación individual de cada uno” concluyó.
“Es evidente un ilícito penal por la destrucción que existió, pero el MP no logró acreditar la participación de los procesados” agregó el juzgador. El ente investigador había presentado diversos medios de prueba como videos, entrevistas y testigos, pero no fueron suficientes para determinar circunstancias de modo, tiempo lugar sobre la comisión de los delitos que se les imputaban.
El abogado defensor de los trece sindicados Mariano Vásquez del Instituto de la Defensa Publica Penal, dijo que la resolución del juez es apegada a derecho y con objetividad, se hizo justicia como corresponde.
Los procesados fueron absueltos por los delitos de incendio agravado, instigación para delinquir, atentado con agravación de la pena y reuniones y manifestaciones ilícitas.
Turba prende en llamas 02 motocicletas y un inmueble de la municipalidad de San Lucas Tolimán, Sololá. Se trata de la oficina que ocupa la DMP y la Tesorería
Reacción de los pobladores al conocer que la localidad estaba en Alerta Roja Máxima, según el Tablero de Alertas COVID-19 pic.twitter.com/kSomhHMMHV
— Stereo100Noticias (@stereo100xela) July 27, 2020
Sin embargo, once de ellos, fueron condenados por contravención de medidas sanitarias ya que salieron a las calles aquella noche del 26 de julio cuando ocurrieron los hechos, mientras tenía vigencia el toque de queda por la pandemia del covid-19.
Por este delito el juez dictó seis meses de prisión conmultables por 15 quetzales diarios, para Jose Antonio Galindo, Victor Ovidio Ajpuac Xata, Edgar Roberto Ajcojon Tale, Victorina Tereta Sicay, Joel Rogelio Ajcojon Barreno, Wilmer Ferguson Campa Colo, Ramon Aparicio Lopez Muj, Jose Edgardo Campa Colo, Fermin Ajcojon Barreno, Miguel David Campa, Tereta y Jose Luis Campa Pecher.
Fueron absueltos por los delitos de instigación para delinquir y reuniones y manifestaciones ilícitas Sergio Morales Calderón de León y Juan José Chumil Coz.
Según el juez no se hallaron pruebas suficientes sobre su participación en la comisión de estos delitos. El abogado querellante Carlos Jacinto Coz en representación de la Municipalidad dijo que están satisfechos con la sentencia emitida por el tribunal ya que a su criterio esta apegada a derecho, agrego que el alcalde y el Concejo Municipal no pretenden afectar a nadie de alguna forma, por cuestiones legales se debió seguir con el proceso.