Con información de Fernando Castellanos |
Con motivo de la conmemoración del Día de la Revolución, las disposiciones laborales para el asueto nacional del próximo 20 de octubre establecen diferencias en la aplicación de las jornadas de descanso entre los trabajadores de la administración pública y los del sector privado en todo el país.
Disposición para el sector público
Los empleados y funcionarios de las entidades del Estado contarán con un descanso prolongado a inicios de la próxima semana:
Días de asueto: Descansarán de manera oficial tanto el lunes 19 como el martes 20 de octubre.
Reanudación de labores: La atención administrativa y presencial en dependencias gubernamentales se normalizará el miércoles 21 de octubre.
Aplicación en el sector privado
Para las empresas, comercios y trabajadores bajo el régimen de la iniciativa privada, rige el cumplimiento estricto del calendario cívico y las normativas vigentes sobre asuetos oficiales:
Jornada de descanso oficial: Aplica de forma exclusiva el martes 20 de octubre de 2026.
Sin corrimiento de fecha: El feriado no sufre traslado al día lunes 19, por lo que las jornadas productivas, comerciales y de servicios se desarrollarán con total normalidad durante ese día previo.












