Diputados aprobaron polémica la Ley De Tarjetas De Crédito

Feb 16, 2024 | Actualidad, Nacionales, Portada | 0 Comentarios

Con información de Fernando Castellanos.

Con la aprobación del Decreto 2-2024, Ley de Tarjeta de Crédito, los guatemaltecos podrán contar con información completa, exacta y no capciosa sobre los bienes y servicios, técnicos, condiciones, cargos aplicables y costo final del uso de una tarjeta de crédito, que significa: no más engaños.

El objetivo de la Ley tiene como objetivo regular las operaciones de tarjeta de crédito, las relaciones entre emisor, afiliado y tarjetahabiente, los mecanismos de protección del usuario financiero de tarjeta de crédito, así como su régimen sancionatorio.

La Ley establecer todo lo relativo al contrato entre el emisor y el tarjetahabiente, entre esto, se toman en cuenta 19 cláusulas a tomar en cuenta como límite de crédito, plazo del contrato, tasas de interés, comisiones, derechos y obligaciones de ambas partes, fecha límite de pago, pago mínimo, y otros temas importantes.

Otro aspecto relevante es que el emisor de la tarjeta de crédito, previo a conceder una línea de crédito o modificar el límite de una línea de crédito, debe confirmar que el solicitante tenga la capacidad de pago respectiva.


Asimismo, se refiere a los extrafinanciamientos, convenios de pago, intereses por financiamiento, interés por mora, transparencia financiera, entre otras importantes regulaciones.

Con relación a los convenios de pago, por medio de una enmienda, se estableció en el Artículo 11 de la Ley, que los emisores deberán celebrar convenios de pago cuando los tarjetahabientes no puedan responder a dos o más pagos oportunos o cuando la deuda contraída haya arribado al 150% del límite autorizado.

Además, cuando no se esté de acuerdo con la modificación de la tasa de interés establecida por el emisor o cuando las condiciones del contrato original varíen y afecten al usuario. En este caso, los intereses se calcularán sobre el monto inicial del saldo crediticio.

La normativa también da derechos y obligaciones del emisor, afiliado y tarjetahabiente, se contemplan los comprobantes de transacciones y estados de cuenta, y algo muy importante es lo relativo al robo, hurto o extravío de la tarjeta de crédito. Específicamente el Artículo 23, establece que el seguro es opcional para los usuarios, no obligatorio.

La educación financiera es otro tema que se busca reforzar con esta normativa aprobada, ya que los emisores deben promover programas dirigidos a los usuarios. Incluso la Dirección de Atención al Consumidor (DIACO), la Superintendencia de Bancos y el Ministerio de Educación, en conjunto con los emisores de tarjetas de crédito, deben organizar de forma anual la «Feria de Educación Financiera».

También se legisla en contra del acoso u hostigamiento para la cobranza, y es que evita posibles abusos de parte del acreedor o agente de cobranzas como las comunicaciones para cobro en días y horas inhábiles.

En tanto, el capítulo V, establece las infracciones y sanciones administrativas, delitos relacionados a tarjetas de crédito como la clonación de las mismas, uso de tarjeta de crédito o débito ilegal, distribución y comercialización de tarjeta de forma ilegal, uso fraudulento y circunstancias agravantes.

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