Por Luis Hernández |
La candidata a la presidencia de Guatemala por el partido político Valor, Zury Ríos Sosa, no participará en las elecciones generales del próximo 16 de junio, según la resolución de este lunes de la Corte de Constitucionalidad (CC).
La resolución de la mayoría de magistrados se fundamenta en el artículo 186 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
El fallo de la CC es 21 días después de la vista pública, donde Ríos Sosa dio a conocer las razones que tenía para participar al máximo cargo del país.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) había aceptado el amparo interpuesto por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que permitía la inscripción de Ríos.
Esto dice el artículo 88 de la Constitución:
“Prohibiciones para optar al cargo de presidente y vicepresidente de la República:
a) El caudillo ni los jefes de un golpe de Estado, revolución armada o movimiento similar, que haya alterado el orden constitucional, ni quienes como consecuencia de tales hechos asuman la jefatura de gobierno.
c) Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del presidente o vicepresidente, cuando este último se encuentre ejerciendo la presidencia y los de las personas que se refiere al inciso primero de este artículo”, defendió el tribunal electoral ante la Corte”.
Información y foto: Prensa Libre